COI prohibe a Atletas Transgénero Femeninas de participar en los Juegos Olímpicos de Los Ángeles 2028
Publicado elEl Comité Olímpico Internacional (COI) ha anunciado una nueva política que prohibe a las atletas transgénero competir en la categoría femenina en los Juegos Olímpicos, implementando una normativa que entrará en vigor a partir de Los Ángeles
En una decisión trascendental que redefine el panorama del deporte olímpico, el Comité Olímpico Internacional (COI) ha anunciado una nueva política que prohibe a las atletas transgénero competir en la categoría femenina en los Juegos Olímpicos, implementando una normativa que entrará en vigor a partir de Los Ángeles 2028. Este jueves, 26 de marzo de 2026, el organismo olímpico hizo pública esta directriz, que limita la elegibilidad en las pruebas femeninas a lo que denomina “mujeres biológicas”.
La medida ha sido calificada como un esfuerzo por “proteger la equidad, la seguridad y la integridad en la categoría femenina”. Según un documento de 10 páginas publicado por el COI, la organización justifica la política argumentando que los varones poseen una ventaja física inherente debido a períodos de mayor testosterona, lo que incide significativamente en el rendimiento deportivo, especialmente en disciplinas que requieren fuerza, resistencia o destreza física. Se menciona que estas diferencias de rendimiento pueden oscilar entre el 10-12% en carreras y natación, superar el 20% en pruebas de lanzamiento y salto, e incluso exceder el 100% en deportes de fuerza explosiva como el boxeo.
La elegibilidad para la categoría femenina se determinará mediante una prueba genética obligatoria que los atletas deberán realizar una única vez en su carrera. Esta prueba se centrará en la detección del gen SRY, considerado por el COI como un indicador preciso del desarrollo sexual masculino. Aquellas atletas con el gen SRY deberán competir en categorías masculinas. El COI destacó que este método, que implica la extracción de saliva o sangre, es menos intrusivo que otras posibles alternativas.
La nueva política no tendrá carácter retroactivo y no se aplicará a programas deportivos de base o recreativos. Sin embargo, su impacto se extenderá a todas las disciplinas del programa olímpico, abarcando tanto deportes individuales como por equipos. La presidenta del COI, Kirsty Coventry, afirmó en una conferencia de prensa en línea que la política se basa en la ciencia y ha sido elaborada por expertos médicos, enfatizando que no es justo y, en algunos deportes, no es seguro que los varones biológicos compitan en la categoría femenina. Coventry también lideró una revisión para la “protección de la categoría femenina” como una de sus primeras decisiones al frente del organismo olímpico.
Además de las mujeres transgénero, la normativa también impone restricciones a atletas femeninas con afecciones médicas conocidas como Diferencias en el Desarrollo Sexual (DSD), citando el caso de la corredora sudafricana y doble campeona olímpica Caster Semenya. No obstante, el COI contempla “raras excepciones” para atletas con diagnósticos específicos, como el síndrome de insensibilidad completa a los andrógenos, u otras DSD que no se beneficien de los efectos anabólicos o de mejora del rendimiento de la testosterona.
La decisión ha generado reacciones encontradas. Por un lado, la Agrupación Deportiva Ibérica (ADI LGTBI+), que agrupa a la mayoría de clubes deportivos LGTBI+ e inclusivos de España y Portugal, ha manifestado su “rechazo absoluto” a la política. ADI LGTBI+ la considera regida por “criterios acientíficos como la categorización de mujeres biológicas” y ha exigido al COI que “modifique de inmediato su política”, argumentando que la protección del deporte femenino se logra promoviendo recursos y programas igualitarios, no excluyendo a otras mujeres. La agrupación insistió en la necesidad de garantizar la participación plena, inclusiva y segura de todas las atletas, respetando su identidad de género y basando las normas en evidencia científica plural y transparente.
En contraste, Sara Rosario, presidenta del Comité Olímpico de Puerto Rico (Copur), ha respaldado la nueva política. Rosario indicó que con esta determinación, “muchas atletas podrán sentirse más tranquilas, al contar con un marco claro que promueve la igualdad de condiciones en el deporte femenino”. Añadió que es la política que corresponde implementar de cara al futuro y que las Federaciones Internacionales deberán acatarla en sus respectivas reglamentaciones. La presidenta del Copur reconoció que el tema continuará evolucionando y que estarán atentos a futuros desarrollos. La medida se alinea, además, con una orden ejecutiva del presidente de Estados Unidos, Donald Trump, sobre los deportes femeninos.
El COI desarrolló esta política a través de un grupo de trabajo, buscando responder a las crecientes controversias relacionadas con el deporte femenino, incluyendo aquellas surgidas en París 2024 en torno a las victorias de las boxeadoras Imane Khelif de Argelia y Lin Yu-ting de Chinese Taipei. Sin embargo, no está claro cuántas mujeres transgénero compiten a nivel olímpico, y se ha señalado que ninguna mujer que haya hecho la transición tras nacer hombre compitió en los Juegos de París 2024. La levantadora de pesas neozelandesa Laurel Hubbard fue la primera atleta transgénero en competir en los Juegos Olímpicos de Tokio 2020 (celebrados en 2021), sin haber obtenido una medalla.
Esta nueva directriz del COI marca un antes y un después en el debate sobre la inclusión y la equidad en el deporte de élite, estableciendo un precedente que será analizado y debatido intensamente por atletas, organizaciones y la sociedad en general en los próximos años.
Deportes, COI, Atletas Transgénero, juegos olimpicos, Los Ángeles 2028, Política Deportiva,