¡Pensión IMSS Ley 73: Así puedes aumentar tu pago hasta un 25% o más a partir de mayo 2026! Guía completa para jubilados.

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Descubre cómo los pensionados de la Ley 73 del IMSS pueden aumentar su pensión hasta un 25% a partir de mayo de 2026 mediante asignaciones familiares y otros beneficios. Conoce los requisitos y porcentajes para cónyuges, hijos y padres.

A partir de mayo de 2026, miles de jubilados mexicanos que cotizaron bajo el régimen de la Ley 73 del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) tienen la posibilidad de ver incrementado significativamente el monto de su pensión mensual. Esta noticia representa un alivio económico considerable en un entorno donde el costo de vida se mantiene en constante ascenso. El aumento, que puede alcanzar hasta un 25% o incluso más en algunos casos, se materializa principalmente a través de un beneficio conocido como asignaciones familiares, aunque existen otras vías para optimizar el ingreso de los pensionados.

Las asignaciones familiares son un mecanismo clave contemplado en la Ley del Seguro Social de 1973 que permite incrementar la pensión base de aquellos jubilados que acrediten tener familiares que dependan económicamente de ellos. Este esquema no es nuevo, pero su relevancia cobra mayor fuerza ante los ajustes y la continua difusión de información por parte del IMSS para que los beneficiarios conozcan sus derechos. El objetivo es fortalecer la suficiencia de las pensiones y reconocer el esfuerzo económico que muchos pensionados aún realizan como sostén de sus familias.

Los porcentajes de incremento varían según el tipo de dependiente económico que se acredite. De acuerdo con los artículos 164 y 166 de la LSS 73, y los artículos 138 y 140 de la LSS 97, los incrementos son los siguientes:

  • Un 15% adicional si el pensionado tiene cónyuge o concubina a su cargo.
  • Un 10% por cada hijo menor de 16 años.
  • Un 10% adicional por cada hijo de hasta 25 años que estudie en una institución del Sistema Educativo Nacional y no esté inscrito en el régimen obligatorio.
  • Un 10% por cada hijo con inhabilitación para trabajar, sin límite de edad mientras persista la condición.
  • Un 10% adicional por cada padre o madre que dependa económicamente del pensionado, en caso de no tener cónyuge ni hijos.

Es importante destacar que estos porcentajes pueden acumularse. Por ejemplo, un pensionado de la Ley 73 que acredite tener una cónyuge y un hijo menor de 25 años estudiando podría recibir un aumento mensual del 25%. La combinación de estos factores puede generar un crecimiento considerable en el monto total de la pensión.

Este beneficio está dirigido específicamente a los pensionados bajo el Régimen de la Ley del Seguro Social de 1973, quienes reciben su pensión por cesantía en edad avanzada, vejez o invalidez. Para ser beneficiario de la Ley 73, es indispensable haber comenzado a cotizar antes del 1 de julio de 1997, contar con un mínimo de 500 semanas reconocidas ante el IMSS, tener al menos 60 años para pensión de Cesantía o 65 para Vejez, estar dentro del periodo de conservación de derechos y estar de baja en el régimen obligatorio.

Además de las asignaciones familiares, existen otros puntos relevantes a considerar para los jubilados de la Ley 73 en 2026. Para aquellos pensionados que no tienen dependientes económicos, se contempla un “apoyo de soledad” que puede significar un aumento de hasta un 15% en sus pensiones. Esta medida busca compensar la ausencia de asignaciones familiares para este grupo de beneficiarios.

La pensión mínima garantizada también experimentará un ajuste. Este monto, que busca evitar la vulnerabilidad económica de los jubilados, se actualizará automáticamente conforme al nuevo salario mínimo y al Índice Nacional de Precios al Consumidor (INPC). Para mayo de 2026, la pensión mínima bajo la Ley 73 se estima en 10,636.54 pesos mensuales, aunque la cifra exacta puede variar según la zona geográfica. Asimismo, la Suprema Corte de Justicia de la Nación ha emitido una resolución que obliga al IMSS a actualizar determinadas pensiones conforme a la inflación, beneficiando a quienes reciben ingresos superiores a la pensión mínima garantizada, con un incremento base estimado en 3.69% para 2026.

Para acceder a estos beneficios, es crucial que los pensionados mantengan sus datos personales y familiares actualizados ante el IMSS. La omisión de esta información podría resultar en la suspensión de los pagos adicionales. El trámite para solicitar las asignaciones familiares generalmente requiere presentar documentación oficial que acredite el vínculo y la dependencia económica, como actas de nacimiento, acta de matrimonio, comprobantes escolares o dictámenes médicos en caso de discapacidad. Aunque en algunos casos el beneficio se aplica automáticamente al acreditar la situación familiar, es recomendable informarse y asegurarse de cumplir con los requisitos.

Finalmente, es importante mencionar que la fecha de pago de la pensión para mayo de 2026 se verá afectada por el día de descanso obligatorio del 1 de mayo, por lo que los fondos se recibirán el lunes 4 de mayo de 2026. Ante cualquier duda o si el ingreso de la pensión no se refleja correctamente, los jubilados pueden reportar la situación a través del teléfono 800 623 23 23, eligiendo la opción 3 para atención a pensionados, o acudiendo a su Subdelegación o Unidad de Medicina Familiar. La constante actualización de las políticas y el fácil acceso a la información son pilares que el IMSS promueve para garantizar el bienestar de sus pensionados.

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